Guayaquil,
Ecuador, 19 ago (PL) La Unión de Naciones Suramericanas (Unasur)
respaldó hoy la soberanía de Ecuador ante las amenazas del Reino Unido
de penetrar en su embajada de Londres para arrestar a Julian Assange.
Prensa Latina
transmite a continuación el texto íntegro de la Declaración de
Guayaquil, emitida este domingo por los representantes de la Unasur,
reunidos en sesión extraordinaria en la ciudad ecuatoriana de igual
nombre.
El Consejo de Ministros y Ministras de Relaciones
Exteriores de Unasur reunidos extraordinariamente en la ciudad de
Guayaquil, el 19 de agosto de 2012,
Considerando:
Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores Comercio e Integración del
Ecuador, informó al Consejo que el ciudadano Julian Assange solicitó el
19 de junio de 2012 asilo político en la Embajada de la República del
Ecuador en Londres, asunto sobre el cual los Gobiernos del Ecuador, del
Reino Unido y Suecia, han venido sosteniendo conversaciones diplomáticas
acerca del pedido de extradición de señor Assange y sobre el pedido de
asilo;
Que el Ecuador se encontraba analizando el pedido de
asilo de acuerdo a los principios de protección de los Derechos Humanos y
al Derecho Internacional;
Que el 15 de agosto el Gobierno de la
República del Ecuador informó públicamente haber recibido del Reino
Unido una Ayuda Memoria en la que amenaza con "tomar acciones para
arrestar al Sr. Assange en las instalaciones actuales de la Embajada"
invocando su ley nacional sobre instalaciones Diplomáticas y Consulares
de 1987 (Diplomatic and Consular Premises Act 1987) ;
Que de
acuerdo al artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones
Diplomáticas de 1961- de la que el Reino Unido es signatario- "los
locales de la Misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no
podrán penetrar en ellos sin el consentimiento del Jefe de la Misión"
y, que "los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados
en ellos, así como los medios de transporte de la misión no podrán ser
objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución";
Que
de acuerdo a los principios consagrados en la Carta de las Naciones
Unidas, los Estados deben abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso
de la fuerza o de actuar de cualquier otra forma incompatible con los
propósitos de las Naciones Unidas en sus relaciones internacionales, así
como solucionar sus diferencias de manera pacífica.
Que el
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en el Comunicado de Prensa
SC/10463 de 29 de noviembre de 2011, condenó en los términos más
enérgicos violaciones a la inmunidad diplomática y recordó el principio
fundamental de la inviolabilidad de las misiones diplomáticas y oficinas
consulares de los Estados receptores en relación a lo establecido en la
Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas y la
Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.
Declara:
1.
Manifestar su solidaridad y respaldar al Gobierno de la República del
Ecuador ante la amenaza de violación del local de su misión diplomática.
2. Reiterar el derecho soberano de los Estados de conceder asilo.
3.-
Condenar enérgicamente la amenaza del uso de la fuerza entre los
Estados así como reiterar la plena vigencia de los principios
consagrados en el Derecho Internacional, el respeto a la Soberanía y el
fiel cumplimiento de los Tratados Internacionales.
4. Reafirmar
el principio fundamental de la inviolabilidad de los locales de las
misiones diplomáticas y oficinas consulares y la obligación de los
Estados receptores, en relación a lo establecido en la Convención de
Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de
1963 sobre Relaciones Consulares.
5.-Reafirmar el principio de
Derecho Internacional en virtud del cual no puede invocarse el derecho
interno para no cumplir una obligación de carácter internacional, como
así está reflejado en el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el
Derecho de los Tratados de 1969.
6.- Reiterar la vigencia de las
instituciones del asilo y del refugio para proteger los Derechos Humanos
de las personas que consideren que su vida o integridad física se
encuentra amenazada.
7.- Exhortar a las Partes a continuar el
diálogo y la negociación directa en procura de una solución mutuamente
aceptable con arreglo al Derecho Internacional.
Guayaquil, 19 de agosto de 2012
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