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L’1 de novembre de 2014, el Partit dels i les Comunistes de Catalunya va acordar la seva dissolució com a partit polític i la cessió de tot el seu capital humà, polític i material a una nova organització unitària: Comunistes de Catalunya.

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Enmienda a la Totalidad alternativa al Proyecto de Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado


Sras. y Sres. Diputados hay alternativa, hay alternativa al gobierno del Partido Popular y hay alternativa a la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado del Partido Popular. El GP de La Izquierda Plural ha presentado una Enmienda a la Totalidad con texto Alternativo porque queremos algo mejor para España en el concierto de las naciones, queremos un liderazgo internacional moderno, democrático, solidario, pacífico, social y ambientalmente avanzado, como bien describe nuestra propuesta de 11 principios rectores de Política Exterior y nuestros 7 principios rectores de Acción Exterior.


Hay que reconocer Sr Ministro que su Ministerio ha hecho un esfuerzo de modernización, basado en la multitud de trabajos previos desarrollados en periodos anteriores, pero, simplemente nuestra propuesta es mejor, más avanzada, más moderna y con raíces democráticas más profundas. Su ley se queda a medio camino. Aún está usted, aún están ustedes a tiempo, voten a favor de nuestra enmienda a la totalidad y podremos desarrollar una ley de referencia en política y organización de la acción exterior.


A pesar de la creciente integración del Reino de España en los foros internacionales y en la economía mundial tras el fin de la Dictadura franquista, no se ha producido en los 35 años transcurridos una adaptación de la legislación que rige la definición de cuáles son los intereses exteriores del país, de cómo se articula y dirige la política exterior para su defensa y cuáles son los instrumentos para proyectarla en la acción exterior.


El conveniente consenso en política exterior solo puede surgir de una articulación legal e institucional de cuáles son los mecanismos democráticos para construirlo.


En este sentido, la definición de los intereses exteriores del país y la articulación de una política exterior que los defiendan, mediante la acción exterior a través de diferentes instrumentos, no debe ser diferente en sus mecanismos democráticos de los que se utilizan en las otras políticas que también dirige el gobierno.


El consenso en política exterior no puede ser una mera imposición de un gobierno, sino que exige el debate y la aprobación de las Cortes Generales, a través del Congreso de los Diputados, que son quienes representan la soberanía popular.


El proyecto de ley que tramita el Gobierno del PP peca de un excesivo dirigismo, lo que conecta con la situación actual de entender la mayoría parlamentaria actual más como “absoluta soberbia” que como “absoluta mayoría”.


Es un mal precedente pues la falta, en la tramitación de este proyecto de ley, de amplias consultas a organizaciones y entidades no pertenecientes a órganos del Estado y al conjunto de fuerzas políticas parlamentarias


Como demostró la participación de España en la Guerra de Irak, no se trata de una cuestión baladí, sino de la cuestión esencial de la que debe partir la regulación jurídica de la política y de la acción exterior.


Aquella participación militar, fuera del marco de Naciones Unidas, decidida unilateralmente por el Gobierno Aznar sin contar con las Cortes Generales, tuvo trágicas consecuencias, dividió a la ciudadanía y puso de relieve los peligros de una concepción de la política exterior, no como el resultado de la definición democrática de los intereses exteriores del país sino como la gestión tecnocrática de una élite especializada a espaldas de la opinión de los ciudadanos y, por tanto de la soberanía popular.


Una Ley de la Acción y el Servicio Exterior debe por lo tanto partir de la respuesta a la pregunta de cómo se definen los intereses nacionales en el exterior. Y la respuesta constitucional no puede ser más evidente: a través de la expresión de la soberanía popular que representan las Cortes Generales, en el proceso democrático de debate y aprobación parlamentario, como en cualquier otra esfera de la política.


La Política Exterior, la Acción Exterior del Estado no pueden ser un área opaca reservada exclusivamente al ejecutivo como ocurría precisamente bajo la Dictadura franquista, en una interpretación cuanto menos abusiva y discriminatoria del artículo 97 de la Constitución.


Asimismo, al haberse producido una multiplicidad de los sujetos de la acción exterior, como producto de las transferencias competencias a organizaciones internacionales de las que el Reino de España forma parte, a la Unión Europea, a las Comunidades Autónomas y Administraciones Locales, así como la acción solidaria colectiva o individual de los ciudadanos en la cooperación para el desarrollo, el estado, como director de la Política Exterior, debe coordinarlos para que la Acción Exterior sea coherente y eficaz. Tanto por lo que se refiere a la administración central del estado como a las Comunidades Autónomas.


La propuesta de Ley Alternativa que estoy defendiendo se hace fuerte en el concepto de coordinación como la reforma del Consejo de Política Exterior, la creación de un Consejo de Participación Social en la Política Exterior (para asegurar la participación del mundo académico y de la sociedad civil), la Comisión Interterritorial de Acción Exterior (para asegurar que el Estado aproveche las iniciativas de las Comunidades Autónomas basadas en sus competencias constitucionales) los Consejos de Embajada (para asegurar el principio de unidad de acción del Estado en el exterior) o el Consejo de Cooperación al Desarrollo como órgano de participación para la definición de la política de cooperación internacional para el desarrollo.


Es para nosotros clave el papel activo, y no de mero espectador que prevé el proyecto del PP, de las Cortes Generales, verdadero garante de la soberanía popular y última instancia en la definición de los intereses en política exterior de España.


La ley del PP, debería, como si hace nuestra propuesta, considerar la acción exterior de las CCAA en una lógica de complementariedad respecto a la acción del gobierno. Eso supone que debe garantizarse que las CCAA mantienen un margen de actuación propio y diferenciado, que les permita contribuir a los objetivos de la política exterior del Estado desde el ejercicio pleno de las competencias que los Estatutos atribuyen.


Es para nosotros clave la definición de un papel activo de nuestra Acción Exterior en el marco de la Unión Europea y la Política Exterior Común, y la Acción Exterior en el marco de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.


Para nuestro grupo la cooperación es un elemento esencial en esta ley, el Gobierno del PP sigue muy centrado en la diplomacia comercial, en la lógica de la Marca España y realiza un tratamiento residual de la cooperación al desarrollo, lo mismo ocurre con el fomento y garantía de los Derechos Humanos, entendidos de forma amplia como derechos políticos, económicos y sociales, sin entender, que avanzar en una mayor coherencia de la acción exterior con los objetivos de desarrollo, es un factor de prestigio y de posicionamiento de nuestro país.


La Acción exterior eficaz necesita, en primer lugar, incorporar de forma coherente a nuestra legislación los compromisos adquiridos por el Reino de España en materia de derecho internacional diplomático y consular. Y en segundo lugar dar impulso legal a un imprescindible proceso de modernización del Servicio Exterior, como servicio público profesional especializado de calidad.


En muchos de sus aspectos, el actual servicio exterior de España, carece de base legal, está sujeto a cambiantes reglamentos que solo dependen del Gobierno y que cuestionan su profesionalidad al hacer depender la carrera administrativa de los funcionarios que lo componen de afinidades o favores de turno. Quizás el ejemplo más dramático del carácter pre-constitucional de los reglamentos que rigen actualmente el servicio exterior del estado es la situación del personal laboral contratado en el exterior, que compone la mayoría del personal no directivo del servicio exterior, y que no está protegido en sus derechos por el Estatuto de los Trabajadores. La Ley de Acción y Servicio Exterior debe poner remedio a esta situación, que actualmente es un obstáculo para la eficacia requerida de un Servicio Exterior moderno, profesional, dotado de los medios técnicos necesarios, capaz de defender los intereses y la política exterior de España.


Los trabajadores del Servicio Exterior del Estado deben gozar de plenas garantías sindicales y políticas y de ninguna manera pueden ser considerados, de facto, ciudadanos españoles de segunda en esos aspectos.


Finalmente una mención a las familias de funcionarios y trabajadores. Es necesario regular y facilitar, de forma más activa, la conciliación de la vida laboral y familiar, como repetidamente solicitan las asociaciones de familiares, especialmente en las garantías de conservación de los derechos pasivos y en el disfrute de garantías médicas y educativas, especialmente.


En definitiva, la Ley de la Acción y el Servicio Exterior cuyo articulado proponemos tiene la voluntad de democratizar la Política Exterior y la Acción Exterior de España, para hacerlas la expresión de la soberanía popular y dotarla de un servicio público capaz de defender sus intereses en el exterior.






Font: El Bloc de Joan Josep Nuet

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