Avís important

L’1 de novembre de 2014, el Partit dels i les Comunistes de Catalunya va acordar la seva dissolució com a partit polític i la cessió de tot el seu capital humà, polític i material a una nova organització unitària: Comunistes de Catalunya.

Com a conseqüència d'aquest fet, aquesta pàgina web ja no s'actualitza. Podeu seguir l'activitat dels i les comunistes a la pàgina web de Comunistes.cat.


ACUERDO DE PESCA UNIÓN EUROPEA – REINO DE MARRUECOS


La posición de la Izquierda Plural desde que se dio a conocer el primer acuerdo en 2005 ha sido y es invariablemente de estricto respeto a la legalidad internacional y a los legítimos derechos del pueblo saharaui, es decir, no posicionándonos en contra de un Acuerdo de Pesca UE-Marruecos, pero sí en contra de que éste incluya las aguas jurisdiccionales del Sahara Occidental, territorio no autónomo reconocido como tal por las Naciones Unidas y pendiente de un proceso de descolonización.


Por ello, para la Izquierda Plural el acuerdo debe limitarse a las aguas bajo soberanía del Reino de Marruecos, es decir, en aguas situadas exclusivamente al norte del paralelo 27°40′N, límite sur de su zona económica exclusiva.


La soberanía de Marruecos no ha sido reconocida por la legalidad internacional, como subrayó el dictamen jurídico del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya en octubre de 1975. De hecho, el Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos y Marruecos excluye explícitamente las mercancías procedentes del Sahara Occidental, considerando que la soberanía del territorio está bajo disputa y no reconociendo Estados Unidos soberanía marroquí sobre el SO.


Sin embargo, la Unión Europea, no excluye el Sahara Occidental del ámbito de aplicación ni de su Acuerdo de Libre Comercio ni de los Acuerdos de Pesca con Marruecos.


Aspectos ilegales de la Propuesta de acuerdo


La propuesta de acuerdo, afirma que “se ha consultado a todas las partes interesadas”. Ahora bien, el Frente Polisario, legítimo representante del pueblo saharaui y reconocido como tal por las Naciones Unidas, no ha sido considerado en las negociaciones y de hecho rechaza el acuerdo.


- El acuerdo establece que será el propio Marruecos el que comunique (unilateralmente!) las coordenadas geográficas de su zona de pesca. Las aguas del Sahara Occidental no han sido excluidas explícitamente del acuerdo (como sí que ha sido el caso de la zona mediterránea). No se fija una delimitación al sur, así que las categorías 3 (pesca de pequeña escala), 4 (pesca demersal), 5 (pesca atunera) y 6 (pesca pelágica industrial) se extenderían de facto a las aguas territoriales del Sahara Occidental al sur del paralelo 27°40′N.


- El acuerdo no menciona en ningún momento ni el Sahara Occidental, ni a la población saharaui. En caso de que Marruecos presentara informes (obligación que ha incumplido hasta la fecha) sobre el impacto geográfico en el Sahara Occidental ocupado, la aceptación de los mismos por parte de la UE supondrá de facto una aceptación de la ocupación marroquí sobre el SO.


La referencia a “población local” incluiría a los colonos marroquíes residentes en el territorio. En este sentido, caber recordar que según el principio de soberanía permanente de los pueblos sobre los recursos naturales el pueblo saharaui es el legítimo dueño de sus recursos naturales y ha de ser el principal beneficiario de los mismos y no ser privado de sus medios de subsistencia.


Opinión de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo del año 2009:


“9. En el caso de que no se pudiera demostrar que el Acuerdo de Pesca se realice de conformidad con los principios del derecho internacional en cuanto a los derechos del pueblo saharaui sobre sus recursos naturales, principios que la Comunidad está obligada a respetar, la Comunidad debe abstenerse de permitir que los buques faenen en las aguas del Sáhara Occidental mediante la solicitud de licencias de pesca sólo para las zonas de pesca que se encuentran en las aguas de Marruecos”.


A pesar de la renegociación, éste sigue siendo el caso del nuevo protocolo, por lo que consideramos desde Izquierda Plural que este acuerdo es claramente ilegal en lo que respecta al derecho internacional, puesto que su ámbito de aplicación incluye las aguas del Sahara Occidental, territorio no autónomo pendiente de descolonización.


Hay que dejar claro que la responsabilidad del cese de la actividad de la flota y sus consecuencias sociales tras el rechazo en diciembre de 2011 de la prórroga del acuerdo por parte del Parlamento Europeo son responsabilidad de la Unión Europea por haber suscrito un acuerdo ilegal. De hecho, en este nuevo acuerdo la Comisión Europea podría haber corregido esta cuestión bien excluyendo las aguas del Sahara Occidental, bien consultando la opinión del pueblo saharaui a través de sus legítimos representantes para acceder a esas aguas.


Enmiendas registradas al texto del PP

1-El Congreso constata que plantear un tratado de Pesca con el reino de Marruecos que contemple las aguas territoriales del Sahara Occidental, es contrario al derecho internacional y añade tensión a una región que necesita cada vez más el reconocimiento de la legalidad internacional


2-El Congreso solicita que se trabaje para alcanzar un acuerdo pesquero con el reino de Marruecos que sea sostenible y que no contemple las aguas territoriales del Sahara Occidental, sobre las que Marruecos no tiene ningún derecho según señalan todas las instancias internacionales.






Font: El Bloc de Joan Josep Nuet

Etiquetes de comentaris: